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Lista sentencia que declara exequible defensa técnica para miembros de la fuerza pública (11:58 a.m.)

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05 de Febrero de 2016

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La disposición legal que establece un sistema de defensa técnica especializada para miembros de la fuerza pública no vulnera los derechos a la igualdad y debido proceso, al desarrollar los compromisos internacionales que en esta materia tiene el Estado colombiano, específicamente en lo que corresponde a proveer oficiosamente la defensa técnica cuando el investigado no puede contratar a un profesional del Derecho de confianza. Así lo determinó la Sala Plena de la Corte Constitucional en el texto definitivo de la Sentencia C-745 del 2015, en la que declara la exequibilidad de la Ley 1698 del 2013. De igual manera, precisó que el legislador tiene la competencia para crear un tipo de defensa especializada que focalice su atención en poblacionales que por sus particularidades requieran de alternativas de representación judicial diferenciada, “teniendo en cuenta que este tipo de medidas aumentan el estándar de protección” (M.P. Gloría Stella Ortiz).

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