Liquidación de los BEP se realiza mensualmente, aunque el pago sea de manera bimestral (9:38 a.m.)
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31 de Diciembre de 2019
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El valor del beneficio económico periódico (BEP) o anualidad vitalicia será liquidado mensualmente y no podrá superar en el mes el 85 % de un salario mínimo mensual legal vigente, aunque el pago se realice de manera bimestral, con el fin de optimizar costos operativos. Así lo precisó el Ministerio del Trabajo, al modificar el artículo 2.2.13.5.2 del Decreto 1833 del 2016, en relación con la forma de pago del BEP. Una vez el beneficiario cumpla los requisitos establecidos, podrá destinar los recursos para contratar con una compañía de seguros el pago del beneficio hasta su muerte, solicitar la devolución de la suma ahorrada y sus rendimientos en un único pago, pagar total o parcialmente un inmueble de su propiedad o trasladar los recursos al sistema general de pensiones.
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