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Ley Zidres no vulnera el principio de progresividad de los derechos de campesinos (10:08 a.m.)

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10 de Mayo de 2018

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La Corte Constitucional, a través de reciente comunicado, informó que la política pública dirigida a favorecer la focalización de estímulos a proyectos productivos en las zonas Zidres no vulnera el principio de progresividad de los derechos sociales de los campesinos, en la medida en que se inscribe en el propósito de mejorar las condiciones de vida de esta población. La reglamentación por parte del Gobierno Nacional de las condiciones de entrega de bienes inmuebles de la Nación sin título translaticio de dominio y las condiciones para la inscripción, aprobación y seguimiento de los proyectos productivos, según el concepto de la Sala, no desconoce la reserva de ley en materia de régimen de bienes baldíos. De igual modo, la Corte encontró que la Ley 1778 del 2016 no infringió el principio de cosa juzgada constitucional (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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