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Ley ordinaria puede regular temas de ley marco (2:55 p.m.)

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08 de Septiembre de 2011

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La disposición contenida en el artículo 82 de la Ley 1306 del 2009 que le otorga a Fogafín la función de avalar al guardador de un discapacitado cuando no tenga capacidad económica para prestar contragarantías que le permitan responder por sus actuaciones fue declarada exequible. La Corte Constitucional afirmó que esa función, al ser parte de una ley ordinaria, no vulnera la Constitución, porque los temas de una ley marco pueden regularse mediante ley ordinaria, ya que ambas se tramitan igual (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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