Ley de Justicia y Paz establece términos para solicitar sustitución de medidas de aseguramiento (3:35 p.m.)
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16 de Abril de 2013
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La Corte Suprema de Justicia precisó que la Ley 975 del 2005 establece el parámetro para determinar si la entrega, para efectos de los beneficios allí contemplados, se produjo en libertad o no. En estos términos, el alto tribunal señaló que si al momento de dejación de armas del grupo ilegal al que perteneció el postulado se encontraba detenido, no es posible afirmar que su desmovilización se produjo en condiciones de libertad física, ni siquiera considerando una entrega voluntaria efectuada a la luz de anteriores ordenamientos, como la Ley 782 del 2002. De esta manera, la Corte concluyó que el cómputo de ocho años de privación de la libertad efectuado por los legisladores para considerar la sustitución de la medida de aseguramiento privativa de la libertad se hace desde la época posterior a la suscripción de la Ley 975 del 2005, coincidiendo con las desmovilizaciones de los grupos armados organizados al margen de la ley ocurridas a finales del año 2005 y durante el año 2006 (M.P. María del Rosario González Muñoz).
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