Ley 361 de 1997 protege también a las personas con limitaciones leves y moderadas (8:00 a.m.)
24 de Febrero de 2012
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Nota:
79198
La Corte Constitucional dio a conocer recientemente el texto del fallo que declaró exequibles las expresiones “severas y profundas”, contenidas en el artículo 1° de la Ley 361 de 1997, con las que se establece que las medidas de asistencia y protección fijadas en esta ley son aplicables a las personas con esta clase de limitaciones. La Corte precisó que al realizar una interpretación sistemática de este artículo con el resto de las disposiciones contenidas en la misma normativa, los beneficios no son solo para estas personas, sino para aquellas con limitaciones en general, incluyendo quienes tengan limitaciones leves y moderadas. Por el contrario, aclaró, esos calificativos constituyen expresiones que hacen explícitas las características propias de cualquier limitación. De esta forma, concluyó que más que de discapacidad leve y moderada debe hablarse de personas que, por su condición de salud física o mental, se encuentran en condiciones de debilidad manifiesta (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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