Le corresponde a la jurisdicción laboral resolver controversias sobre interpretación y aplicación de reglas convencionales: Corte Constitucional (10:47 a.m.)
23 de Octubre de 2014
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Nota:
98189
En principio, corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral la tarea de resolver las controversias relativas a la interpretación y aplicación de reglas convencionales, así lo advirtió la Corte Constitucional al encontrar que existía pronunciamiento del juez laboral sobre las implicaciones de la decisión de suspender beneficios pensionales de origen convencional, con fundamento en el Acto legislativo 1 del 2005, que modificó el artículo 48 de la Carta Política. Esta norma estableció que a partir del 1° de agosto del 2010 no puede haber beneficios ni reglas de carácter pensional diferentes a las establecidas en el Sistema General de Pensiones. Por lo tanto, la Corte concluyó que cualquier pronunciamiento adicional resultaría inocuo y carecería de objeto (M. P. Martha Victoria Sáchica).
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