Las distintas facetas de la consulta previa son susceptibles de tutela constitucional: Corte (11:37 a.m.)
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11 de Abril de 2019
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La Corte Constitucional reiteró que, dada la discriminación histórica de la que han sido víctimas los grupos étnicos y la íntima relación que guarda la protección de sus derechos con los fines del Estado colombiano, la acción de tutela es el recurso judicial adecuado para la protección de sus derechos fundamentales. En el mismo sentido, señaló que esa medida persigue atender la particular fragilidad cultural sobre la cual subsisten esas colectividades y garantizar, por ejemplo, su participación en las decisiones que le puedan afectar. En este orden de ideas, la Sala indicó que la acción de tutela es un mecanismo idóneo y eficaz para garantizar la protección del derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades culturalmente diferenciadas. Finalmente, concluyó que las distintas facetas de la consulta previa son aptas de amparo por vía de tutela (M. P. José Fernando Reyes).
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