14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 43 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


La Sentencia C-577 del 2011 reconoció que las parejas del mismo sexo pueden constituir una familia (3:30 p.m.)

24 de Abril de 2012

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Nota:
80507
Aunque los fallos anteriores a la Sentencia C-577 del 2011 asimilaban las relaciones de ayuda mutua y solidaridad de las parejas del mismo sexo con las familias conformadas por vínculos heterosexuales, fue esta providencia la que les reconoció a las parejas del mismo sexo la posibilidad de constituir una familia. Así lo aclaró la Corte Constitucional al advertir que con este fallo se superó de forma definitiva la discriminación de las parejas del mismo sexo. En esa medida, indicó que el reconocimiento de familia es un derecho fundamental a favor de los menores, por lo que la exclusión de esta naturaleza a un grupo humano ligado con lazos de solidaridad y ayuda mutua solo puede estar mediada por razones imperiosas. Con estos argumentos, concluyó que el legislador está fuertemente limitado para otorgar estos tratos discriminatorios. En el fallo se recordó no se puede exigir la declaración de la unión marital ante notario para reconocer la pensión de sobrevivientes a las parejas del mismo sexo. Cabe recordar que la sentencia mencionada no ha sido dada a conocer todavía por el alto tribunal (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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