La falta de celeridad y efectividad para proteger la vida e integridad de un funcionario víctima del desplazamiento agrava la violación de derechos fundamentales (1:06 p.m.)
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18 de Mayo de 2011
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La Corte Constitucional advirtió que aunque las situaciones de riesgo que tienen que asumir las víctimas del desplazamiento no son atribuibles a la voluntad positiva del Estado, la falta de celeridad y efectividad de la administración en el cumplimiento de sus deberes de protección de la vida y la integridad física de los funcionarios agrava la situación de amenaza de violación de derechos fundamentales. De esta forma, la corte reiteró que la población desplazada es sujeto de especial protección constitucional y precisó los regímenes de traslado de los funcionarios que hacen parte de una planta docente cuando se pretende proteger su vida e integridad física. El alto tribunal conoció la acción de tutela presentada por un docente oficial que fue amenazado por grupos armados y a quien luego del desplazamiento se le diagnosticó VIH. La corte tuteló los derechos fundamentales del actor y ordenó el reconocimiento de los pagos laborales mientras no estuvo trabajando (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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