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Actualizado hace 56 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


La ‘exceptio veritatis’ libera de responsabilidad por afectación a la honra o al buen nombre (1:52 p.m.)

23 de Agosto de 2018

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Nota:
110473
La Corte Constitucional, tras aplicar la figura de la exceptio veritatis, declaró que un canal de televisión, a través de la nota periodística titulada La Caza del Musmuqui, emitida en el programa Los Informantes, no vulneró los derechos fundamentales a la honra, al buen nombre, a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad, a la libre escogencia de profesión y oficio, al debido proceso y a la rectificación del científico Manuel Elkin Patarroyo. Si bien este último alegaba que las afirmaciones realizadas en el programa, relativas a la caza indiscriminada de monos nocturnos con fines científicos, no reflejan la realidad de los hechos, la Corte explicó que el medio accionado actuó dentro de los límites que exige la jurisprudencia para el ejercicio de su labor informativa. Justamente, recordó que la exceptio veritatis es un medio que permite exonerarse de responsabilidad frente a la presunta trasgresión de los derechos a la honra y al buen nombre, tanto en un proceso penal como en la acción de tutela, sin que para su aplicabilidad se haya exigido que la información sea “indudablemente verdadera”, pues basta con que se compruebe que el emisor desplegó un esfuerzo diligente por verificar, constatar y contrastar razonablemente las fuentes (M. P. Cristina Pardo).

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