La Corte Constitucional decidirá si las empresas con menos de 50 trabajadoras deben implementar salas de lactancia (10:03 a.m)
23 de Agosto de 2017
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Nota:
56761
La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión “con más de 50 empleadas”, contenida en el parágrafo del artículo 2º de la Ley 1823 del 2017, que impuso a las entidades públicas y privadas que superen ese límite, entre otros requisitos, la obligación de adoptar en sus instalaciones salas de lactancia. En el escrito se asegura que dejar por fuera a aquellas empresas que cuentan con un número inferior al señalado por el legislador vulnera el derecho a la igualdad (artículo 13 superior), la protección a la mujer (artículo 43 superior) y los derechos fundamentales de los niños (artículo 44 superior). Justamente, explica que tal previsión motiva a los empleadores con una nómina inferior a 50 mujeres a omitir contratar más trabajadoras, para no incurrir en un gasto adicional.
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