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Jurisdicción indígena es autónoma para incorporar normas de la legislación penal nacional (12:55 p.m.)

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28 de Diciembre de 2012

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La Corte Constitucional señaló que es constitucionalmente válido que los pueblos indígenas recurran a figuras penales codificadas en las leyes nacionales, en la misma medida en que pueden emprender autónomamente proyectos de codificación sobre la base de un modelo no indígena de “código” y dotar a algunas prácticas e instituciones hispánicas de un sentido cultural distintivo. Lo anterior obedece a que corresponde al ámbito de la autonomía de la jurisdicción indígena definir cuál es el derecho aplicable al procesamiento punitivo de las personas, precisó la sala. Por otra parte, el alto tribunal recordó que respecto a la jurisdicción indígena, la jurisprudencia no ha exigido nociones estrictas de legalidad o tipicidad de las conductas como sucede con el derecho penal nacional, sino que requiere un mínimo de predecibilidad sobre la aplicación del derecho propio y de internalización de las prohibiciones por parte de los miembros del pueblo respectivo (M.P. María Victoria Calle Correa).

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