Juez de tutela tiene facultades extra y ultra petita (11:20 a.m.)
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30 de Noviembre de 2017
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En cuanto a la posibilidad de que los fallos puedan ser extra y ultra petita en materia de tutela, la Corte Constitucional ha señalado que el juez puede, al momento de resolver el caso concreto, conceder el amparo incluso a partir de situaciones o derechos no alegados, atendiendo la informalidad que reviste el amparo. Así, la labor de la autoridad judicial no puede limitarse exclusivamente a las pretensiones invocadas por la parte actora, sino que debe estar encaminada a garantizar el amparo efectivo de los derechos fundamentales. Por lo anterior, las facultades del juez constitucional encuentran su límite en la garantía efectiva de la protección de derechos (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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