Indexación de primera mesada pensional es un derecho de carácter universal (9:35 a.m.)
22 de Julio de 2013
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Nota:
90160
La Corte Constitucional señaló que las diferentes salas de casación de la Corte Suprema de Justicia vulneran el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia al no admitir las acciones de tutela contra sus providencias judiciales. En el caso en estudio, el alto tribunal advirtió que negar el derecho a indexar la primera mesada pensional viola directamente la Constitución, por no aplicar los artículos 48 y 53 de la Carta Política, ya que esta indexación tiene carácter universal y se extiende a todas las categorías de pensionados, además, es una garantía constitucional que se predica de pensiones reconocidas en cualquier tiempo (antes y después de la Constitución de 1991) sin importar si son de naturaleza legal, convencional o de cualquier otro tipo, pues se entiende que el fenómeno inflacionario afecta a todos los pensionados por igual. Nilson Pinilla aclaró el voto (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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