Improcedencia de la tutela frente a actos de carácter general sería inconstitucional (2:37 p.m.)
06 de Junio de 2018
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Nota:
122690
La Corte Constitucional admitió una demanda contra el numeral 5°, numeral 6°, del Decreto 2591 de 1991, mediante el cual se reglamentó la acción de tutela. La norma acusada establece como causal de improcedencia del amparo constitucional que esta verse sobre actos de carácter general, impersonal y abstracto. A juicio del accionante, con esta disposición se vulnera el principio de supremacía de la Constitución por la indebida interpretación gramatical de la norma. Es decir, la prohibición de amparo para actos generales vulneraría la naturaleza de la protección, pues cualquier acto, sea particular o concreto, tiene la potencialidad de lesionar derechos fundamentales. Así las cosas, solicita la constitucionalidad condicionada, bajo el entendido de que no podrá interpretarse de forma exegética sino en su sentido más amplio, abarcando toda clase de actos de las autoridades públicas (demandante: Alfonso Atahualpa Carrillo).
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