Importante jurisprudencia sobre amparo de derechos por deficiente infraestructura en colegios (10:17 a.m.)
24 de Abril de 2019
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Nota:
112259
La Corte Constitucional ordenó a la Secretaría de Educación de Cartagena reubicar a los estudiantes inscritos en la Institución Educativa San Felipe Neri en otras instituciones educativas de la ciudad. Así pues, la Sala reiteró que la educación es un derecho y un servicio público y afirmó que el Estado tiene la obligación de prestar el servicio educativo de manera que la planta física de las instalaciones esté en condiciones de preservar la vida e integridad de sus ocupantes. De este modo, manifestó que las condiciones de la infraestructura del colegio no garantizan la seguridad de los estudiantes y que a pesar de las múltiples denuncias realizadas por la comunidad y las autoridades los demandados omitieron sistemáticamente darle una solución a la problemática y evitaron una solución efectiva. Como consecuencia, estableció que las condiciones de salubridad del colegio vulneran los derechos fundamentales de la comunidad educativa y esta situación impide el desarrollo de actividades con un mínimo de dignidad (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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