IMPORTANTE: Así se debe reparar a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos en la jurisdicción contencioso administrativa (9:51 a.m.)
22 de Agosto de 2018
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Nota:
110508
La Corte Constitucional realizó un importante pronunciamiento sobre la conciliación en materia contencioso administrativa y el derecho a la reparación integral de las víctimas, también revocó varias decisiones judiciales, incluyendo una de la Sección Segunda del Consejo de Estado. En ese sentido, explicó que la conciliación es un requisito de procedibilidad que se caracteriza porque los agentes del Ministerio Público son los únicos competentes para servir para estos efectos ante dicha jurisdicción. De otra parte, reiteró que las víctimas tienen derecho a la reparación integral, la cual tiene estrecha relación con los derechos a la dignidad humana y a la tutela judicial efectiva. Así mismo, la jurisprudencia del Consejo de Estado ha establecido reglas especiales para garantizar los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, procurando que el juez no incurra en excesivo rigorismo para que garantice los principios y mandatos normativos del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Por último, enfatiza que para establecer si operó la cosa juzgada en cada caso concreto es necesario verificar que en dos procesos distintos hay identidad de objeto, partes y causa petendi. Por tal razón, en materia de responsabilidad del Estado, la cosa juzgada también se predica respecto de sentencias mediante las cuales la Corte Interamericana de Derechos Humanos declara la responsabilidad del Estado. En ese orden, corresponde al juez administrativo declarar la cosa juzgada respecto de la sentencia internacional cuando verifique los elementos antes señalados (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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