Importante aclaración para jueces penales a la hora de motivar sus fallos (3:17 p.m.)
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29 de Noviembre de 2018
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó recientemente que en materia de motivación de la sentencia el juzgador no está restringido a una forma específica de abordar su tarea argumentativa. Lo anterior porque en virtud de los principios de independencia y autonomía judicial les es permitido a los togados estudiar los elementos de la conducta punible de manera unitaria o a través de un análisis de contexto. De ahí que, aclara el auto de la Sala Penal, la falta de inclusión de acápites destinados a puntualizar o reiterar aspectos que no ofrecen controversia, incluido el relativo al dolo, no es susceptible de configurar nulidad por infracción al debido proceso o al derecho de defensa (M. P. Luis Guillermo Salazar).
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