Hijos de extranjeros en situación irregular tienen derecho a seguridad social en salud: Corte Constitucional (2:33 p.m.)
27 de Mayo de 2019
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Nota:
111671
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional reiteró que en el caso de acceso a servicios de salud de los hijos recién nacidos de padres extranjeros en situación irregular le corresponde al prestador de servicios de salud registrar al menor en el sistema de afiliación transaccional e inscribirlo en una EPS del régimen subsidiado en el respectivo municipio. Así mismo, le atañe a las entidades territoriales y sus autoridades, de acuerdo con las competencias en el sector salud, conocer, informar y asistir a la población migrante con el fin de garantizar su acceso a la seguridad social en salud. Por estas razones, en el caso analizado amparó los derechos fundamentales de un menor y exhortó al Ministerio de Salud y a las oficinas de Migración Colombia que adelantan los trámites de permisos especiales de permanencia (PEP) a socializar y publicitar el “Plan de respuesta del sector salud al fenómeno migratorio” con todas las entidades territoriales fronterizas, con el fin de que la población beneficiaria conozca cómo acceder a la atención en salud de urgencias o integral. El magistrado José Fernando Reyes salvó el voto (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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