Hábeas corpus no puede usarse para controvertir las decisiones de instancia de los funcionarios judiciales (8:00 a.m.)
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18 de Octubre de 2012
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El hábeas corpus no puede usarse para controvertir las decisiones de instancia de los funcionarios judiciales o para discutir aspectos propios del proceso penal, pues esos debates deben plantearse dentro del proceso mismo. Así lo señaló el Consejo de Estado al afirmar que este derecho brinda la posibilidad de que un juez evalúe la situación jurídica de las personas privadas de la libertad. En ese sentido, el interés protegido en forma mediata es la libertad, pero el interés inmediato es el examen jurídico procesal de la actuación de la autoridad judicial. De esta forma, concluyó que en el caso sometido a su estudio no le correspondía al juez constitucional determinar la fortaleza de los argumentos de la Fiscalía, toda vez que ello significaría pretermitir las responsabilidades propias del funcionario que adopta la medida (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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