Graduación de la sanción por infracciones al régimen migratorio debe cumplir varias etapas (3:57 p.m.)
11 de Abril de 2019
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Nota:
112413
La Corte Constitucional precisó, por medio de un fallo de tutela, que la autoridad migratoria deberá tener en cuenta la naturaleza y gravedad de la infracción imputada para determinar la medida con la que sancionará al extranjero. En tal sentido, acorde con el artículo 16 de la Resolución 0714 del 2015, las infracciones se clasifican en leves, graves o gravísimas y el artículo 13 de la resolución dispone que la imposición de esta sanción deberá atender y respetar los principios de configuración del sistema sancionador administrativo, fundamentalmente los concernientes a la legalidad, tipicidad, favorabilidad y proporcionalidad. Sumado a ello, también enfatizó que la determinación y graduación de la penalidad por infracciones a este régimen debe estar precedida por el cumplimiento de varias etapas procesales y el análisis detallado de las circunstancias personales de cada sujeto, entre estas factores como la unidad familiar y el riesgo que implica para el extranjero regresar al país de origen (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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