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Gobierno Nacional está facultado para enmendar los yerros tipográficos o caligráficos en que se incurra al promulgar una ley (11:50 a.m.)

Redacción legis

30 de Septiembre de 2010

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El Consejo de Estado reiteró que el Gobierno Nacional tiene la facultad de enmendar los yerros tipográficos o caligráficos en que se incurra al promulgar una ley, siempre y cuando no se rebase la voluntad del legislador. El consejo negó la nulidad de los artículos 1°, 2°, 7°, 19, 23, 24, 25, 28 y 30 del Decreto 2770 del 2004, expedido con el fin de corregir yerros de la Ley 906 del 2004 (Código de Procedimiento Penal). Entre otros errores se encontraba el que establecía la necesidad de asesoramiento de abogado para efectos probatorios y no frente a la no autoincriminación y el derecho a tener un juicio público, oral, concentrado, contradictorio e imparcial (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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