Garantías mínimas para autorizar trabajo adolescente son insuficientes: demanda (3:38 p.m.)
29 de Noviembre de 2018
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Nota:
109983
La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión “mínimas”, contenida en el parágrafo del artículo 113 del Código de la Infancia y la Adolescencia, empleada por el legislador para calificar las garantías que de no ser otorgadas a los adolescentes autorizados para trabajar conducen a su revocación. Según la demanda, la palabra referida vulnera los mandatos constitucionales y sustanciales, en tanto delimita el campo de protección hacia el trabajo de menores. Por esa razón, se solicita la declaración de inexequibilidad o, en su defecto, el condicionamiento de exequibilidad, de tal forma que se restrinja su uso para delimitar las garantías en las condiciones de trabajo de los adolescentes.
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