Figura del acusador privado en el nuevo proceso penal abreviado sería inconstitucional (3:37 p.m.)
29 de Marzo de 2017
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Nota:
54611
La Ley 1826 del 2017 establece el proceso penal abreviado e incluye la figura del acusador privado, lo que permite a las víctimas asumir el papel de la fiscalía. Al respecto, la Corte Constitucional admitió una demanda en la que se ataca esta figura, pues entiende que la acción penal se privatiza, cuestión que se encuentra prohibida por la Carta Política de 1991 y la Sentencia C-425 del 2008. Según el concepto del demandante, el ordenamiento jurídico superior no permite que se pueda establecer un procedimiento penal de carácter privado y mucho menos con un abogado acusador que remplace y haga las veces de fiscal. Lo anterior “si se tiene en cuenta que estas facultades no se pueden ceder ni renunciar, excepto en los casos del principio de oportunidad”.
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