Fallos de tutela que ordenan tratamientos integrales de salud son válidos y obligatorios: Minsalud (8:15 a.m.)
09 de Febrero de 2016
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Nota:
105517
Independientemente de si un fallo de tutela ordena una prestación o un tratamiento integral de salud, es obligación del funcionario correspondiente dar cumplimiento a las sentencias que están en firme, so pena de arresto como consecuencia del trámite de incidente de desacato y de las sanciones penales por incumplimiento a una orden judicial. Así lo indicó el Ministerio de Salud, al resolver una consulta sobre la validez de las tutelas para tratamientos integrales. En los fallos de tutela se crean normas judiciales que deben ser acatadas por quienes son parte dentro de la acción. La Corte Constitucional realiza interpretaciones con autoridad que se ubican en la ratio decidendi de la acción y su aplicación es obligatoria no solo por las parte sino por las autoridades administrativas y judiciales.
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