Exposición Mujeres ocultas no desconoció libertad de culto: Corte Constitucional (8:00 a.m.)
06 de Octubre de 2015
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Nota:
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Así lo determinó la Sala Plena de la Corte Constitucional, en razón a que no se afectó ninguno de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de 1991 por la exposición Mujeres ocultas de la artista María Eugenia Trujillo, autorizada por el Ministerio de Cultura y presentada en el Museo Santa Clara, de Bogotá. Igualmente, la autorización dada en la mencionada exposición se dirigió al cumplimiento del deber constitucional del Estado de promover el acceso a la cultura y a la libertad artística a que tienen derecho todos los ciudadanos. Por el contrario, según el alto tribunal, al censurarla se desconocería el deber de las autoridades de promover escenarios de neutralidad, razón por la cual la Corte concluye que “la libertad de religión y de culto protegida por el artículo 19 de la Constitución no se vulnera por la decisión de las autoridades públicas de autorizar una exposición artística en un museo de propiedad del Estado, incluso cuando pueda resultar molesta para una religión o iglesia, siempre y cuando no imponga creencia alguna ni pretenda obligar que alguien la asuma, no interfiera en el ejercicio de culto de ninguna religión”. Finalmente, los magistrados Luis Guillermo Pérez y Gabriel Eduardo Mendoza Martelo informaron la presentación de eventuales aclaraciones de voto sobre algunas de las consideraciones analizadas en la sentencia (M.P Mauricio González Cuervo).
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