Explican límites de la acción de ‘habeas corpus’ (3:24 p.m.)
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22 de Enero de 2016
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La Corte Suprema desglosó las razones que llevan a la procedencia de la acción de habeas corpus como mecanismo protector de la libertad personal. Para la alta corporación, el juez constitucional al examinar las circunstancias puestas de presente en cada caso tiene vedado irrumpir en terrenos ajenos al estricto tema de esta garantía, debiendo cuidarse, por supuesto, de invadir competencias ajenas o desconociendo la naturaleza especialísima de esta clase de amparos excepcionales, que tienen que ver sin duda con la protección de las prerrogativas esenciales. Se recordó que dentro de un proceso judicial en marcha las peticiones relacionadas con la libertad del procesado tienen que elevarse en el proceso penal ordinario, ya que la acción no está llamada a sustituir este trámite (M. P. Margarita Cabello Blanco).
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