Explican inexequibilidad de restricción en concurso de méritos del Inpec (11:34 a.m.)
14 de Marzo de 2019
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Nota:
110776
La Corte Constitucional se pronunció sobre una demanda de inconstitucionalidad en la cual se pedía retirar del ordenamiento jurídico el artículo 95 del Decreto Ley 407 de 1994 (régimen de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – Inpec). La norma establece una consecuencia en los procesos de selección de la entidad, pues “quienes no aprueben un concurso no podrán ser convocadas para concursar en otro empleo de la misma clase o de superior categoría dentro de los 12 meses siguientes”. Ahora bien, la Sala Plena determinó que si bien la medida objeto de control persigue un fin constitucionalmente legítimo, no guarda relación de correspondencia adecuada con la finalidad que persigue, toda vez que el mérito de una persona que aspira en un determinado momento a ocupar un cargo en la carrera penitenciaria debe ser el objeto de la evaluación dentro del concurso, de tal suerte que no tiene sentido alguno descalificarla antes del mismo. A partir de ese argumento, determinó que la norma acusada establece una diferenciación injustificada de trato entre los aspirantes a los empleos en el Inpec en proceso de selección meritocracia, incompatible con el derecho a la igualdad, razón por la cual fue declarada inexequible (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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