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Existe vacío legal sobre el servicio militar obligatorio para personas transgénero: demanda (10:49 a.m.)

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16 de Agosto de 2018

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La Corte Constitucional admitió la demanda presentada contra el artículo 12 (parcial) de la Ley 1861 del 2017, por medio de la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y movilización. La norma acusada establece las causales de exoneración del servicio militar obligatorio para las personas que hayan alcanzado la mayoría de edad, en determinados casos, como ser hijo único, huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento o cuando los hombres después de su inscripción al servicio hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil, entre otras. Esta última causal de exoneración presenta serios problemas de constitucionalidad, a juicio de la demandante, pues incurre presuntamente en una omisión legislativa relativa en relación con la regulación del estatus jurídico. En ese sentido, estima que la dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la personalidad dan contenido y alcance a la autodeterminación de la identidad de género como parte esencial e indisoluble de la personalidad, “por lo cual la persona no puede ser perseguida, señalada o discriminada en razón de su identidad de género”. Es decir, pese a que la ley establece en términos generales la forma en la que los colombianos deben definir su situación militar, no dispone el procedimiento para las personas transgénero. Por lo anterior, solicita a la Corte Constitucional su declaratoria de inexequibilidad (demandante:  Sonia Marleny Osorio).

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