Exequibles reglas para saneamiento de predios ocupados por asentamientos humanos ilegales
17 de Marzo de 2022
La Corte Constitucional estudió si los artículos 1, 8, 16, 17, 19, 26, 31 y 32 de la Ley 2044 del 2020 resultaban incompatibles con los artículos 7 de la Ley 819 del 2003 y 151 de la Constitución Política. La demandante consideraba que las normas contenían órdenes de gasto que tendrían que hacerse efectivas por la Nación y las entidades territoriales. En consecuencia, reprochó que en el trámite legislativo que culminó con la expedición normativa no se identificaran, ni en la exposición de motivos ni en los informes de ponencia, los costos fiscales de la iniciativa.
Luego de definir el alcance de cada uno de los artículos demandados, la Sala Plena concluyó que ninguno ordenaba gastos y en tal sentido no era necesario seguir los mandatos contenidos en los incisos 2 y 3 del artículo 7 de la Ley 819. Con base en estas consideraciones, declaró ajustados a la Constitución, por el cargo analizado, los artículos 1, 8, 16, 17, 19, 26, 31 y 32 de la Ley 2044. Cristina Pardo Schlesinger y Alejandro Linares Cantillo reservaron aclaración de voto (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).
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