Excluir de Justicia y Paz a desmovilizados que no colaboren en recuperación de bienes para la reparación es exequible (9:27 a.m.)
01 de Noviembre de 2013
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Nota:
92346
La Corte Constitucional declaró ajustada a la Carta Política de 1991 la norma que permite negar el acceso a beneficios de la Ley de Justicia y Paz a desmovilizados que no ofrezcan toda la colaboración que esté a su alcance para que las autoridades dispongan de los bienes de procedencia ilegal pertenecientes al grupo armado al que pertenecían (artículo 8º de la Ley 1592 del 2012). La Sala Plena señaló que los postulados deben contribuir a la reparación integral de las víctimas, como condición para no ser excluidos de esta plataforma de justicia transicional. La Procuraduría le había solicitado al alto tribunal inhibirse de examinar el asunto de fondo. El magistrado Mauricio González anunció que presentará aclaración de voto.
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