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Estructuración de la pérdida de capacidad laboral en enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas (11:26 a.m.)

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28 de Agosto de 2019

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La Corte Constitucional recordó recientemente que las personas que sufren enfermedades “catalogadas como crónicas, degenerativas o congénitas” son sujetos que requieren especial protección y respecto de las cuales la imprecisión en la fecha de estructuración de su pérdida de capacidad laboral afecta su derecho a la pensión y con esto el derecho fundamental al mínimo vital. Por consiguiente, la propia jurisprudencia ha admitido que la fecha de estructuración de la invalidez puede ser anterior o posterior al momento señalado en el dictamen médico de pérdida de capacidad laboral, conclusión, termina el fallo, que puede formularse con base en la historia médica, exámenes clínicos y de ayuda diagnóstica (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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