13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Estos son los parámetros para que proceda el reintegro tras la vulneración de la estabilidad laboral reforzada (3:35 p.m.)

20 de Diciembre de 2019

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Nota:
114514
La Corte Constitucional recordó los parámetros legales y constitucionales que permiten determinar a un juez constitucional la procedencia de la garantía a la estabilidad reforzada para efectos de ordenar un reintegro a quien ha sido desvinculado, por ejemplo, por la terminación del plazo pactado. Precisamente, sostuvo que la primera de ellas se centra en constatar que quien interpone la acción de amparo sufre una condición médica que le disminuye su posibilidad física de trabajar. Por su parte, la segunda impone acreditar el conocimiento del empleador sobre las afecciones de salud del trabajador retirado y, finalmente, la tercera consiste en probar que el despido se produjo sin la autorización del Ministerio del Trabajo. Ahora bien, si se constata todo lo anterior, pero la condición de salud del trabajador le impide desarrollar una actividad, no habrá lugar a que la empresa lo mantenga en la labor que le encomiende, pero debe, previamente, acudir al referido ministerio para solicitar que avale un despido por justa causa  (M. P. Cristina Pardo).

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