11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Estos elementos debe evaluar la UNP para medir el nivel de riesgo de un periodista (12:15 p.m.)

29 de Mayo de 2019

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Nota:
111638
La Corte Constitucional, en la resolución de un caso concreto, encontró que la Unidad Nacional de Protección  no cumplió con su deber de valorar los elementos relevantes que deben evaluarse cuando se pretenda medir el nivel de riesgo de un periodista. Dichos aspectos son: (i) el perfil del comunicador; (ii) el contenido de la información u opinión que difunde y (iii) el contexto del lugar en el cual desempeña sus funciones. Igualmente, concluyó que la entidad accionada desconoció su deber de motivar clara, adecuada y específicamente los actos administrativos que definieron la finalización de las medidas de protección, toda vez que se presentaron aparentes contradicciones y omisiones para explicar las razones por las que se descartaban las denuncias y afirmaciones presentadas por el actor acerca de nuevos hechos que, en su criterio, generaban riesgo para su vida. Razón por la cual el alto tribunal impartió una serie de órdenes para salvaguardar los derechos invocados del comunicador (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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