Esto dijo recientemente la Corte sobre la agencia oficiosa (3:21 p.m.)
11 de Abril de 2019
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Nota:
112418
La figura de la agencia oficiosa debe respetar la autonomía del agenciado en la disposición válida de sus derechos y la utilización o no de los mecanismos consagrados para protegerlos. Así lo enfatizó recientemente la Corte Constitucional luego de concluir que esta institución solo es válida cuando se demuestra la imposibilidad de que el titular de los derechos acuda personalmente, o a través de apoderado, a la tutela, aun cuando este se trate de un sujeto de especial protección constitucional, salvo que existiese una ratificación posterior de los hechos. Finalmente, la Corte señaló que la manera de abordar el estudio de la legitimación por activa es con el análisis riguroso del caso, de las pruebas obrantes dentro del expediente, del contexto de las personas involucradas y de sus condiciones particulares (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).
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