Esto dice la sentencia sobre el proceso de recuperación de la Hacienda Bellacruz (4:54 p.m.)
19 de Mayo de 2016
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Nota:
107329
La Sala Plena de la Corte Constitucional concedió el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la vivienda en condiciones dignas a un grupo de personas desplazadas que hacen parte de la asociación Asocol y extendió la protección a los miembros de la asociación Asocadar y a las demás personas desplazadas de la antigua Hacienda Bellacruz. Los demandantes solicitaban a la administración de justicia ordenar al Incoder y al Ministerio de Agricultura llevar a cabo un proceso agrario de recuperación de baldíos indebidamente ocupados y, una vez efectuado este proceso, que se adjudicaran a la población campesina que estuvo asentada y que fue desplazada de la hacienda. De esta manera, la Corte resolvió dejar sin efectos las respectivas resoluciones expedidas por el Incoder y ordenar la continuación del proceso de recuperación de baldíos identificados como indebidamente ocupados, para que se finalice con su adjudicación. Además, aclaró que existen pruebas suficientes de que los miembros de la asociación demandante no son las únicas personas que fueron víctimas de desplazamiento forzado de la Hacienda Bellacruz. De ahí que se pueden cumplir los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional para la aplicación de los efectos inter communis de sus fallos. El magistrado Luis Guillermo Guerrero se apartó de la decisión mayoritaria al estimar que en este caso concreto no era la tutela el medio adecuado de protección. Por su parte, la magistrada María Victoria Calle anunció la presentación de una aclaración de voto en relación con uno de los aspectos analizados en el fallo de unificación (M.P. Gloria Stella Ortiz).
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