Esto debe garantizar el Estado colombiano en el acuerdo de adhesión de Colombia a la OCDE
03 de Abril de 2020
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Nota:
115849
La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-098 del 2020, determinó que el acuerdo celebrado con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) sobre privilegios, inmunidades y facilidades otorgados a la organización (aprobado mediante la Ley 1958 del 2019) se ajusta a los postulados constitucionales. Así mismo, el fallo hace énfasis en que tales privilegios e inmunidades no exoneran al Estado de su responsabilidad de asegurar para los nacionales colombianos una reparación patrimonial en caso de un daño antijurídico causado por los beneficiarios del instrumento internacional o “del deber eventual de responder por el cumplimiento de las obligaciones laborales para con ellos, de conformidad con la legislación laboral colombiana” (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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