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Este es el fallo que respaldó la ley que regula las cuentas abandonadas (8:34 a.m.)

111001

17 de Enero de 2019

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La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-138 del 2018, determinó que el traslado de recursos de las cuentas de ahorro y corrientes abandonadas a un fondo destinado a crédito de estudio y fomento de la calidad de las instituciones de educación superior es una medida de intervención del Estado que se justifica por un propósito de orden constitucional. De esta manera, la Corte declaró exequible el inciso 1º y el parágrafo 4º del artículo 3° de la Ley 1777 del 2016. “Se puedo concluir que la intervención legislativa en la libertad de empresa se encontraba justificada por la importancia de la realización del fin perseguido mediante la intervención, esto es, la garantía de accesibilidad material al servicio de educación superior”, finaliza el fallo (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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