Pasar al contenido principal
05 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Estarían evadiendo obligaciones legales con contratos de tercerización de servicios

27 de Mayo de 2022

Reproducir
Nota:
143716

La Corte Constitucional señaló que es preocupante que se utilicen mecanismos de flexibilización laboral, como los contratos de tercerización de servicios, para intentar evadir obligaciones legales relacionadas con la protección de las trabajadoras en estado de embarazo.

El anterior pronunciamiento se dio al estudiar una tutela que presentó una mujer contra la empresa para la que laboraba bajo un contrato de trabajo por obra o labor contratada. La ciudadana afirmó que días antes de finalizar dicho contrato informó a su jefe inmediata que se encontraba en embarazo. La empresa dio por terminado el vínculo laboral argumentando que solo conoció sobre su estado un día después de terminado. (Lea: Sentencia sobre prohibición de discriminar a la mujer en estado de gestación o lactancia)

Para la Sala, el pago de una sanción pecuniaria, como resultado de una conducta discriminatoria, es solo una consecuencia legal que no garantiza la lucha eficaz contra la práctica de la discriminación hacia la mujer en el ámbito laboral, la cual obedece a patrones enraizados profundamente en la cultura que deben visibilizarse y ser objeto de medidas efectivas para asegurar los derechos fundamentales y la permanencia de las mujeres gestantes en el mercado laboral.

También recordó que los argumentos de sobrecostos o posibles incomodidades que se puedan causar a las empresas no son de recibo a nivel constitucional, cuando de lo que se trata es de promover la inclusión de las mujeres en el mundo laboral para lograr la igualdad entre los sexos en beneficio de toda la sociedad. El magistrado Alejandro Linares salvó el voto en esta decisión (M. P. Diana Fajardo Rivera).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)