¿Es procedente la tutela para habilitar recurso de casación contra decisiones de la Sala de Casación Penal?
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17 de Marzo de 2021
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al decidir una impugnación, precisó que es improcedente la acción de tutela para habilitar el recurso de casación contra las decisiones proferidas por la Sala de Casación Penal, distorsionando la legislación vigente. De igual forma aseguró que la inexistencia de normativas que posibiliten la interposición del recurso extraordinario de casación contra decisiones de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no es aleatoria ni obedece a un descuido del legislador. Por el contrario, se trata de un hecho que lo armoniza con el ordenamiento jurídico, puesto que en la Constitución Política se concibió dicha Corporación como órgano de cierre de la justicia ordinaria en la especialidad penal. Por ello, es factible entender que sus decisiones en esa materia no requieren control por parte de conjueces u otras autoridades. Además, agregó que el ordenamiento jurídico interno y los instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad prevén la garantía de doble instancia, pero ello no implica que las decisiones se revisen una y otra vez por las autoridades judiciales, pues ello conlleva la imposición de la cadena ininterrumpida de recursos, lo cual no es acorde al principio de seguridad jurídica (M. P. Iván Mauricio Lenis Gómez).
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