EPS vulneran derecho a la salud si desconocen orden del médico particular (12:10 p.m.)
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13 de Noviembre de 2019
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La Corte Constitucional conoció el caso de una mujer que interpuso acción de tutela para que se le ordenara a su EPS practicarle la histerectomía (extracción de útero), pues sus exámenes médicos daban cuenta de una invasión de células pre cancerígenas en el 40 % del cuello uterino. Si bien el tribunal constitucional no accedió a las peticiones de la accionante y no consideró vulnerado su derecho a la salud, sí encontró que la EPS había vulnerado su derecho por no prestar servicios integrales. Esta vulneración ocurrió por el desconocimiento del derecho al diagnóstico, pues la entidad no efectuó los exámenes médicos requeridos para autorizar la histerectomía radical y a pesar de que le autorizaron procedimientos y pruebas no se atendieron integralmente las patologías de la paciente (M.P. José Fernando Reyes).
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