Entidades territoriales pueden contratar acciones del PIC con IPS indígenas (10:19 a.m.)
04 de Mayo de 2017
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Nota:
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La contratación de las acciones del plan de intervenciones colectivas (PIC) por parte de las entidades territoriales debe hacerse de manera prioritaria con las empresas sociales del Estado ubicadas en el territorio, dentro de las que se entienden incluidas las instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas, siempre que cuenten con la capacidad técnica y operativa exigida para el efecto en el artículo 15 de la Resolución 518 del 2015 y cumpliendo la normativa vigente en materia de contratación, indicó el Ministerio de Salud. El PIC es un plan complementario al plan obligatorio de salud y a otros beneficios, orientado a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en sus resultados, a través de la ejecución de las diferentes intervenciones colectivas e individuales de alta externalidad en la materia, en el marco del plan decenal de salud pública, recordó la entidad.
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