Entidades deben responder en un plazo razonable peticiones de traslado de trabajadores
23 de Febrero de 2023
Resolvió la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la impugnación presentada por la Oficina Jurídica de la Procuraduría General de la Nación, respecto del fallo que amparó los derechos fundamentales de una trabajadora de la referida entidad. Se pretendía establecer si la primera instancia acertó al emitir el fallo de amparo de los derechos fundamentales de la trabajadora, al no acceder a su solicitud de traslado ante la no emisión de concepto favorable de la Comisión de Personal.
La Sala pudo constatar que no hay un término perentorio para que la Comisión de Personal demandada, frente a peticiones de traslados de empleados en carrera administrativa, adopte una decisión o concepto previo favorable o desfavorable. Esa situación, se observa, es lesiva de los derechos fundamentales de la accionante, debido a que resulta contrario al principio del plazo razonable, al dilatarse la resolución de su caso e impedir que cuestione por las vías judiciales pertinentes la voluntad de la administración. (Lea: Solicitud de traslado por parte del empleado no puede causar perjuicios al servicio ni a la función pública)
Así mismo, se explicó que no toda dilación dentro de una actuación administrativa es vulneradora de derechos fundamentales, solo lo serán las que desborden los plazos razonables y no se adviertan justificadas. Si estos elementos concurren, deberá entenderse vulnerado el derecho y procederá su amparo por la vía de esta acción constitucional. En el caso concreto, resultó evidente que el término de cuatro años que ha transcurrido desde que el asunto ingresó a la Comisión de Personal para determinación desbordan, por desproporcionado, el concepto de plazo razonable, razón por la cual se torna necesaria la intervención del juez constitucional.
Por lo anterior, se modificó la sentencia impugnada y se concedió amparo al derecho fundamental al debido proceso administrativos en favor de la accionante, ordenando a la Comisión de Personal de la Procuraduría General de la Nación que, en el término de 20 días, contados a partir de la notificación de esta decisión, de acuerdo con su reglamento interno, se reúna en sesión ordinaria o extraordinaria y emitan concepto previo frente a la solicitud de traslado (M. P. Gerson Chaverra Castro).
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