En detención con fines de proceso migratorio, autoridades deben garantizar los derechos del aprehendido
17 de Diciembre de 2021
La Corte Constitucional amparó el derecho al debido proceso y el principio de dignidad humana y dejó sin efectos los actos administrativos de expulsión del territorio colombiano de varios venezolanos.
Para el alto tribunal, su privación de la libertad fue arbitraria, pues se utilizó el mecanismo de traslado por protección con una finalidad distinta a la establecida en el artículo 155 de la Ley 1801 del 2016, omitiendo las formalidades exigidas por tal mecanismo.
Por su lado, Migración Colombia desconoció la prohibición de expulsión colectiva de migrantes, al omitir el deber de motivar los actos administrativos de expulsión y realizar una actuación desproporcionada.
Por tanto, se pidió a esta entidad actualizar y divulgar un manual con los derechos y deberes de los migrantes venezolanos en el territorio nacional, incluyendo los procedimientos y requisitos del respectivo acto administrativo de expulsión que respeten el debido proceso (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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