En amparo al derecho a la consulta previa, ordenan suspensión de actividades de explotación minera (2:03 p.m.)
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31 de Agosto de 2015
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La Corte Constitucional ordenó la suspensión inmediata de las actividades de explotación minera realizadas en la mina Villonza del municipio de Marmato, Caldas, luego de amparar el derecho fundamental a la consulta previa de los miembros de la comunidad indígena Cartama y de la comunidad afrodescendiente que conforma la Asociación de Joyeros Marmateños que se han dedicado a la minería artesanal e informal en la referida mina, localizada en la parte alta del cerro El Burro. A partir de esta decisión, el alto tribunal exhortó al Gobierno para crear políticas claras encaminadas a controlar y erradicar la ilegalidad de la actividad minera en Colombia, así como a lograr el fortalecimiento del proceso de formalización de la minería tradicional, artesanal e informal, mediante esquemas de incentivos que estimulen dicho procedimiento. Igualmente, le solicitó la construcción de políticas encargadas de gestionar y administrar el sector minero, la formación de las personas que se dedican a la minería informal, en temas normativos, técnicos, tributarios, laborales, ambientales y culturales, con el fin de capacitarlos en la actividad que realizan para lograr posicionarlos en una escala de competitividad y la productividad y, finalmente, la vinculación de los mineros informales a empresas del sector minero, en las que se les respeten sus derechos fundamentales como trabajadores (M.P. Jorge Ignacio Pretelt)
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