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Elevan a derecho fundamental gestión de la higiene menstrual de todas las mujeres (10:49 a.m.)

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03 de Septiembre de 2019

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La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la dignidad humana y los derechos sexuales y reproductivos, relacionados con la gestión de la higiene menstrual, de una habitante de la calle que, dados sus escasos recursos económicos, no podía acceder a implementos higiénicos durante su periodo menstrual. En el fallo se ordena a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá suministrarle a la ciudadana los insumos adecuados durante sus periodos, se exhorta a los entes territoriales para que revisen y diseñen sus políticas públicas en materia de gestión de la higiene menstrual y, además, se eleva a derecho fundamental la gestión de la higiene menstrual. Para la Sala, este derecho está estrechamente ligado con la dignidad humana y tiene una relación estricta con el derecho a una vida libre de humillaciones (M. P. Alberto Rojas).

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