El panorama de las consultas populares luego de la decisión de la Corte Constitucional (2:53 p.m.)
12 de Octubre de 2018
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Nota:
109180
La Corte Constitucional resolvió la tutela interpuesta contra una sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Meta relacionada una consulta popular minera en el municipio de Cumaral (Meta). Se estudió si el tribunal vulneró los derechos fundamentales de la sociedad demandante, Mansarovar Energy, al expedir dicha sentencia, pues se había encontrado ajustada a la Constitución Política el texto que se iba a someter a consulta popular, que preguntaba a los ciudadanos si estaban de acuerdo o no con que en su municipio se llevaran a cabo actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. Así pues, concluyó que la existencia de límites sobre las materias a decidir en una consulta popular territorial, específicamente lo referido a las competencias constitucionales nacionales sobre el uso del subsuelo y la explotación de los recursos naturales no renovables en cabeza del Estado, implica que este mecanismo de participación ciudadana no puede ser utilizado para prohibir actividades de extracción en un determinado municipio o distrito. En razón a este contexto se exhortó al Congreso para que en el menor tiempo defina uno o varios mecanismos de participación ciudadana, así como instrumentos de coordinación y concurrencia Nación - territorio para esta materia (M. P. Cristina Pardo).
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