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El Estado debe responder por robo de ganado ocurrido en la zona de despeje (12:00 p.m.)

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10 de Julio de 2013

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Aunque no existe una obligación absoluta de protección de la vida y bienes de todas las personas en cabeza de las autoridades públicas, se presenta falla del servicio en aquellos casos en que, conociendo la previsibilidad de un resultado, la administración no interviene para evitarlo o con su actuar amplifica las posibilidades de su producción. En este sentido, el Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación, representada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por los hechos ocurridos en septiembre de 1998 en la finca Las Camelias, del municipio de Mesetas (Meta), en donde integrantes de las FARC hurtaron más de 300 cabezas de ganado, en el contexto de la zona de despeje decretada por el Gobierno de esa época. Para el alto tribunal, la creación de la zona, independientemente de que se trate de una medida legítima del Estado, puede llegar a comprometer su responsabilidad patrimonial, si el demandante acredita el rompimiento de la igualdad ante las cargas públicas por razón del daño antijurídico que sufrió (C.P. Mauricio Fajardo Gómez).

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