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El carácter laico del Estado impone la garantía de la libertad religiosa y de cultos (10:24 a.m.)

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27 de Septiembre de 2010

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El carácter laico del Estado les impide a sus poderes autorizar u ordenar la realización de programas o proyectos que tengan que ver con la difusión, patrocinio o promoción de confesiones religiosas, o de manifestaciones directas, como el reconocimiento de la devoción y la fe religiosa de los fieles de una iglesia. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar fundadas las objeciones del Presidente de la República al proyecto de ley que pretendía conmemorar los 50 años de coronación de la imagen de la virgen de Chiquinquirá en el municipio de La Estrella (Antioquia) (P. L. 195/08S-369/09C). La sala explicó que la norma imponía una serie de tareas públicas de promoción de la iglesia católica para exaltar la declaración del municipio de La Estrella como ciudad santuario, apoyarlo en publicitar dicha calidad y realizar un homenaje con la colocación de una placa conmemorativa a nombre del Congreso de la República, contrario al principio de neutralidad estatal. Los magistrados María Victoria Calle, Gabriel Eduardo Mendoza y Jorge Pretelt salvaron parcialmente su voto, por estimar que no se quebranta el carácter laico del Estado, pues el propósito de la iniciativa era hacer un reconocimiento a una tradición cultural (M. P. Humberto Sierra).

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